RD eleva la protección ambiental con decreto: ¿qué implica combatir el “terrorismo medioambiental”?
El Gobierno declaró de alto interés nacional combatir el terrorismo medioambiental. El nuevo Código Penal contempla hasta 30 años por incendios voluntarios en áreas protegidas.
Foto: La promulgación de nuevas normativas busca endurecer las sanciones contra los delitos ecológicos y reforzar la protección legal de los recursos naturales y áreas protegidas del país.
República Dominicana endurece el enfoque con el que enfrenta los delitos contra el medio ambiente. Este miércoles por la tarde el Gobierno declaró de alto interés nacional y prioridad estratégica para la seguridad nacional la prevención, detección, investigación y combate del denominado “terrorismo medioambiental”, mediante el decreto 615-26.
La medida coloca bajo especial protección los parques nacionales, bosques, cuencas hidrográficas, acuíferos, manglares, humedales, arrecifes y otras infraestructuras ecológicas consideradas estratégicas.
Pero ¿qué le puede pasar a una persona que provoque un daño ambiental, incendie un parque nacional o intervenga ilegalmente un área protegida? La respuesta depende del tipo de acción cometida y de la gravedad de sus consecuencias. La Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales 64-00 establece sanciones que pueden incluir prisión, multas, decomiso de equipos, retiro de permisos, indemnizaciones y reparación del daño.
A esto se suma el nuevo Código Penal, que contempla penas de hasta 30 años de prisión para quien provoque voluntariamente un incendio en bosques, reservas forestales, nacimientos de ríos, parques nacionales o cualquier otra categoría de área protegida.
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¿Qué significa “terrorismo medioambiental” en República Dominicana?
El decreto 615-26 establece que el término tendrá un alcance específico. El documento señala que, para fines administrativos, preventivos y de coordinación entre instituciones, se entenderá por terrorismo medioambiental aquellos actos dirigidos contra recursos naturales, ecosistemas o infraestructuras ecológicas estratégicas que, por sus medios, gravedad y finalidad, reúnan los elementos constitutivos de la infracción de terrorismo establecidos en la Ley 267-08 sobre Terrorismo y demás legislación penal aplicable.
El propio decreto establece una precisión fundamental: no crea un nuevo tipo penal ni modifica o amplía los elementos de los delitos que ya existen. Esto significa que una persona no será condenada por un nuevo delito denominado automáticamente “terrorismo medioambiental” simplemente por talar un árbol, contaminar un río o entrar ilegalmente a un parque nacional.
Para que una conducta sea considerada terrorismo bajo este marco, debe cumplir los elementos que exige la legislación penal correspondiente.
¿Qué pasa si alguien incendia un parque nacional?
El nuevo Código Penal dominicano, establecido por la Ley 74-25 y actualizado mediante la Ley 44-26, establece en su artículo 265 que quien provoque voluntariamente un incendio puede ser sancionado con 20 a 30 años de prisión mayor y una multa de 30 a 40 salarios mínimos del sector público cuando el hecho ocurra, entre otros lugares, en bosques, reservas forestales, nacimientos de ríos, arroyos o cañadas, parques nacionales o cualquier otra categoría de área protegida.
Asimismo, el presidente Abinader afirmó que el Gobierno decidió actuar de manera “drástica” frente a quienes afecten los parques nacionales y sostuvo que el nuevo Código Penal contempla penas de entre 20 y 30 años para determinadas conductas.
Sin embargo, es importante distinguir entre provocar voluntariamente un incendio en un área protegida y cualquier otro tipo de afectación ambiental. La pena del artículo 265 no se aplica automáticamente a todas las infracciones ambientales.
¿Qué pasa si el incendio provoca lesiones o una muerte?
Las consecuencias pueden aumentar cuando el incendio causa daños a personas. El artículo 266 del nuevo Código Penal establece que si el incendio provoca una lesión o incapacidad no permanente, la sanción puede ser de 30 años de prisión mayor o de una multa de 30 a 40 salarios mínimos del sector público.
Si provoca una lesión o incapacidad permanente, la pena puede subir a 30 a 40 años de prisión mayor, acompañada de una multa de 50 a 1,000 salarios mínimos del sector público. Y si el incendio provoca la muerte de una persona, la sanción establecida es de 40 años de prisión mayor, junto con una multa de 50 a 1,000 salarios mínimos del sector público.
De esta manera, el daño ambiental puede adquirir una dimensión penal todavía más grave cuando la acción también pone en riesgo o afecta directamente la vida o integridad de las personas.
¿Qué otros delitos ambientales contempla la Ley 64-00?
La ley establece un régimen específico para las violaciones contra el medio ambiente y los recursos naturales. Entre las conductas sancionables se encuentran las relacionadas con daños a recursos naturales, contaminación, manejo inadecuado de sustancias tóxicas o peligrosas y violaciones de las condiciones establecidas en permisos o licencias ambientales.
También contempla situaciones relacionadas con actividades que provoquen degradación o deterioro de los ecosistemas y recursos naturales. La ley establece que las infracciones ambientales pueden generar responsabilidad penal independientemente de las consecuencias administrativas o civiles que correspondan.
Por eso, una persona o empresa puede enfrentar simultáneamente diferentes tipos de consecuencias dependiendo del caso.
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¿Cuántos años de prisión contempla la Ley de Medio Ambiente?
La Ley 64-00 establece para determinadas violaciones ambientales una pena de seis días a tres años de prisión correccional, multas que pueden ir desde una cuarta parte de un salario mínimo hasta 10,000 salarios mínimos vigentes en el sector público. Pero esta disposición debe analizarse conjuntamente con otras leyes y con el nuevo Código Penal.
Ahora bien, esto es especialmente relevante desde la entrada en vigor de las disposiciones actualizadas del Código Penal, que incluyen sanciones específicas para determinadas conductas como el incendio voluntario en áreas protegidas.
En otras palabras, no existe una única pena para “dañar el medio ambiente”. La sanción depende del delito específico, la conducta, el lugar donde ocurrió, el daño provocado y las consecuencias para las personas o los ecosistemas.
¿El responsable puede perder sus equipos y permisos?
Sí. Las consecuencias económicas y administrativas pueden acompañar a la pena de prisión.
La Ley 64-00 contempla el decomiso de materias primas, herramientas, equipos, instrumentos, maquinarias y vehículos de transporte utilizados en la comisión del hecho o provenientes de la violación. A la vez, puede ordenarse el retiro temporal o definitivo de la autorización, licencia o permiso relacionado con la actividad que haya causado o pueda causar daño ambiental.
Es más, esto significa que una persona que utilice maquinaria o vehículos para realizar una actividad ilegal puede no solamente enfrentar un proceso penal, sino perder los instrumentos empleados para ejecutar la actividad. En el caso de empresas, las consecuencias pueden ser todavía mayores.
¿Qué pasa si el responsable es una empresa?
La Ley 64-00 contempla responsabilidad para las personas jurídicas cuando los hechos punibles son cometidos por decisión de sus órganos directivos dentro de las actividades de la empresa y en búsqueda de un beneficio o interés propio.
En esos casos, la persona jurídica puede recibir multas de 5,000 a 20,000 salarios mínimos, la prohibición de realizar la actividad que originó el ilícito por un período de uno a tres años.
Cuando los daños sean de gravedad mayor y provoquen intoxicación de grupos humanos, destrucción de hábitats o contaminación irreversible extensa, el juez puede disponer la prohibición de la actividad o incluso la clausura definitiva del establecimiento.
¿El responsable tiene que reparar el daño ambiental?
Sí. El castigo no se limita a una condena de prisión o al pago de una multa.
La legislación ambiental contempla la obligación de reparar, reponer, resarcir, restituir, restaurar o rehabilitar, en la medida de lo posible, el recurso natural que haya sido eliminado, destruido, deteriorado o modificado negativamente. Esto puede implicar acciones de restauración ambiental, recuperación de ecosistemas o eliminación de los elementos que estén provocando contaminación. Existe la posibilidad de indemnizar económicamente a las personas que hayan sufrido daños y perjuicios como consecuencia de la actividad.
Por tanto, el responsable puede terminar enfrentando tres consecuencias diferentes: una sanción penal, una obligación de reparar el daño ambiental y una responsabilidad económica frente a terceros afectados.
¿Quién investigará los ataques contra los recursos naturales?
El decreto 615-26 establece una coordinación mucho más amplia entre las instituciones del Estado.
El Comité Nacional Antiterrorista y la Dirección Nacional Antiterrorista deberán incorporar dentro de sus planes operativos prioritarios la identificación, prevención y neutralización de amenazas relacionadas con el terrorismo medioambiental contra infraestructuras ecológicas estratégicas.
Además, el decreto ordena la creación de una política nacional en la que participen el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el Ministerio de Interior y Policía, el Ministerio de Justicia, la Dirección Nacional de Inteligencia, la Dirección General de Migración, la Dirección Nacional Antiterrorista y organismos de inteligencia militar.
¿Qué cambia para quienes ocupen ilegalmente un parque nacional?
Este es uno de los puntos sobre los que Abinader fue más enfático.
Durante la rueda de prensa, el presidente afirmó que muchos de los incendios registrados en parques nacionales están relacionados con actividades ilegales y señaló que algunas de estas acciones involucran tanto a dominicanos como a extranjeros. Aseguró que el Gobierno no permitirá que intereses económicos particulares, estructuras criminales u ocupaciones ilegales estén por encima del interés colectivo.
Abinader informó que dio instrucciones a las Fuerzas Armadas y a la Dirección General de Migración para reforzar las acciones contra quienes intervengan ilegalmente los parques. El mandatario sostuvo que, cuando extranjeros sean utilizados para ejecutar estas actividades, quienes los envíen o coordinen también serán perseguidos.
Sin embargo, la consecuencia concreta, dependerá del delito que pueda probarse contra cada persona. La nacionalidad del involucrado no elimina ni crea por sí misma una pena distinta: la responsabilidad penal dependerá de los hechos y de la legislación aplicable.
¿Qué recursos naturales quedan bajo protección estratégica?
El decreto identifica como infraestructuras ecológicas estratégicas y activos ambientales de especial protección varios recursos fundamentales para el país.
Entre ellos están:
- Los sistemas de áreas protegidas y sus zonas de amortiguamiento
- Las cuencas hidrográficas
- Los acuíferos y reservas de agua subterránea
- Los manglares y humedales
- Los arrecifes coralinos
- Los bosques protectores
- Los nacimientos de ríos
- Las presas, embalses, lagos y canales principales de riego
- Los acueductos y plantas de tratamiento de agua
- Las infraestructuras de agua potable, saneamiento y energía
El criterio utilizado por el decreto es que la afectación grave de estos recursos pueda comprometer la seguridad hídrica, alimentaria, ambiental o económica de la Nación.
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¿Cómo podrá denunciar la ciudadanía un delito ambiental?
La ciudadanía tendrá un papel dentro de la nueva estrategia. El decreto ordena a las instituciones competentes habilitar plataformas tecnológicas y mecanismos de denuncia confidencial para reportar actividades que amenacen los recursos naturales estratégicos. Establece la protección de los denunciantes y colaboradores que actúen de buena fe.
Paíno Henríquez explicó que el Ministerio de Medio Ambiente ya desarrolla una plataforma de fiscalización que permitirá registrar, georreferenciar y dar seguimiento a las denuncias.
El objetivo es que las autoridades puedan identificar con mayor rapidez dónde ocurre una amenaza, darle seguimiento y coordinar la respuesta correspondiente.
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