Arroz en RD: ¿por qué se elimina el régimen arancelario en medio de las conversaciones con EE. UU.?
La medida modifica las condiciones para importar el cereal y se produce en medio de conversaciones comerciales con Estados Unidos, mientras la producción local cubre la mayor parte del consumo nacional.
Foto: Las nuevas disposiciones para la importación del cereal plantean un reto para los productores locales de arroz, en medio de negociaciones bilaterales con EE. UU. y el debate sobre la protección de la seguridad alimentaria en el país.
El arancel al arroz en República Dominicana vuelve al centro del debate comercial tras la decisión del presidente Luis Abinader de derogar el decreto 693-24, que establecía medidas arancelarias para regular la importación del cereal y proteger la producción nacional. La disposición quedó formalizada mediante el decreto 635-26, emitido el 9 de septiembre de 2026, en un contexto de conversaciones con Estados Unidos sobre el acceso de sus productos agrícolas al mercado dominicano.
Dicha medida elimina el régimen específico que contemplaba un arancel de 20% ad valorem para determinadas categorías de arroz dentro del contingente establecido por el país ante la Organización Mundial del Comercio (OMC), así como una tasa de hasta 99% para las importaciones fuera de ese contingente. El decreto anterior reservaba una cuota preferencial para el arroz estadounidense, que podía ingresar sin arancel hasta alcanzar el volumen establecido.
La decisión se produce mientras las autoridades dominicanas y estadounidenses mantienen conversaciones sobre sus relaciones comerciales y el cumplimiento de los compromisos asumidos en el Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos (DR-Cafta). Este tema tiene relevancia para el sector agropecuario dominicano, debido al peso del arroz en la producción nacional y en la alimentación de los hogares.
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¿Qué establecía el decreto sobre el arancel al arroz?
El decreto 693-24, emitido el 17 de diciembre de 2024, estableció un mecanismo arancelario para regular la entrada de arroz al mercado dominicano. Su objetivo era mantener condiciones específicas de protección para la producción nacional ante los cambios previstos en el calendario comercial del DR-Cafta.
Sus principales disposiciones eran:
- Arancel de 20%: aplicado a determinadas categorías de arroz dentro del contingente establecido ante la OMC
- Arancel de 99%: previsto para las importaciones que superaran el contingente correspondiente
- Cuota preferencial para Estados Unidos: un volumen de 23,300 toneladas métricas de arroz estadounidense podía entrar al país con un arancel de 0%
- Importaciones estadounidenses fuera de la cuota: quedaban sujetas al arancel de Nación Más Favorecida de 99%, conforme al régimen anterior
Ahora bien, con el decreto 635-26, el Poder Ejecutivo dejó sin efecto esas disposiciones específicas. Por tanto, para determinar el tratamiento aplicable a cada importación es necesario considerar el régimen arancelario vigente, el origen del producto y los compromisos comerciales correspondientes.
¿Por qué el Gobierno derogó la medida arancelaria?
La decisión se conoce en medio de las conversaciones comerciales entre ambas naciones. La Oficina del Representante Comercial estadounidense (USTR, por sus siglas en inglés) había planteado la necesidad de eliminar el decreto 693-24, al considerar que el país debía cumplir con los compromisos de acceso al mercado previstos en el DR-Cafta para el arroz estadounidense.
El asunto fue abordado durante una reunión virtual entre representantes estadounidenses y el ministro de Relaciones Exteriores dominicano, Víctor «Ito» Bisonó. En ese encuentro se discutieron el fortalecimiento de las relaciones económicas y comerciales entre ambos países y el interés de negociar un acuerdo de comercio recíproco.
Es más, el contexto es relevante porque el calendario de desgravación del DR-Cafta contemplaba la eliminación de los aranceles al arroz estadounidense a partir de enero de 2025. Por tanto, la derogación del decreto dominicano se produce, en medio de las diferencias sobre la aplicación de las condiciones de acceso comercial.
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¿Qué importancia tiene el arroz para la economía dominicana?
El arroz es uno de los productos fundamentales de la alimentación dominicana y una actividad relevante para el sector agropecuario. Por eso, cualquier modificación de las condiciones de importación tiene implicaciones que van más allá del comercio exterior.
República Dominicana produjo alrededor de 680,000 toneladas de arroz en 2024, volumen que cubrió aproximadamente el 96% del consumo nacional. El consumo anual se estima en unos 65 kilogramos por habitante. Estas cifras muestran la importancia de la producción local para el abastecimiento del mercado. A la vez, explican por qué las condiciones de competencia entre el cereal nacional y el importado son un tema de interés para productores, comerciantes, autoridades y consumidores.
De igual forma, la seguridad alimentaria constituye otro elemento central. Aunque las importaciones pueden ampliar la oferta disponible, sus efectos sobre el mercado dependen de factores como los costos de producción, el transporte, los precios internacionales, la distribución y la respuesta de la producción nacional.
¿Cómo puede afectar la medida a los productores de arroz?
La derogación del régimen anterior modifica las condiciones bajo las cuales se regulaba la entrada del arroz importado. Sin embargo, no permite concluir por sí sola cuál será el impacto final sobre los productores dominicanos.
Una mayor facilidad de acceso para el arroz extranjero podría aumentar la competencia en el mercado local. El alcance de ese efecto dependerá del volumen importado, los precios de compra, los costos logísticos y las condiciones en que se comercialice el producto.
Entre los aspectos que conviene observar están:
- Competencia de las importaciones: el volumen de arroz extranjero que entre al mercado y su relación con la oferta nacional
- Precios al productor: la evolución de los precios que reciben los agricultores dominicanos
- Costos de producción: los gastos en fertilizantes, semillas, combustibles, riego, mano de obra y transporte
- Abastecimiento nacional: la capacidad de la producción local para responder a la demanda durante las distintas cosechas
- Medidas de apoyo al sector: las políticas que puedan contribuir a la productividad y competitividad de los productores
El seguimiento de estos indicadores permitirá evaluar con mayor precisión las consecuencias de la decisión para el sector arrocero.
¿La eliminación del arancel hará que baje el precio del arroz?
La derogación del decreto no significa que el precio del arroz vaya a disminuir automáticamente para los consumidores. Aunque las condiciones de importación influyen en la oferta, el precio final depende de los costos de transporte, almacenamiento, procesamiento, distribución y comercialización.
Además, la evolución de los precios internacionales y la tasa de cambio pueden incidir en el costo de los productos importados. Si el acceso al mercado se traduce en mayores volúmenes y menores costos, podría generarse presión competitiva sobre los precios; no obstante, ese resultado tendría que comprobarse con datos posteriores a la medida.
Por esa razón, será importante observar la evolución de los precios al consumidor, las importaciones registradas por la Dirección General de Aduanas (DGA) y los precios pagados a los productores nacionales.
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¿Qué establece el decreto 635-26 y qué instituciones deben ejecutarlo?
El decreto 635-26, emitido el 9 de septiembre de 2026, dispone dejar sin efecto el decreto 693-24. La disposición ordena comunicar la decisión a las instituciones vinculadas con la política fiscal, la producción agropecuaria, el comercio y la administración aduanera.
Asimismo, entre los organismos mencionados figuran los ministerios de Hacienda y Economía, Agricultura, e Industria, Comercio y Mipymes; la Dirección General de Aduanas y el Consejo Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (Conassan), además de otras entidades correspondientes.
La participación de estas instituciones será relevante para la aplicación de la medida y el seguimiento de sus efectos sobre el comercio y el abastecimiento nacional.
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