Ley Orgánica: Banreservas se moderniza para competir
En República Dominicana, se ha dado un importante paso hacia la modernización y competitividad en el sector financiero, con la promulgación y publicación de la nueva Ley 13-24, que regirá al Banco de Reservas de República Dominicana, a través de la cual la entidad pasa a denominarse banco múltiple, sin exenciones fiscales, privilegios ni limitaciones.
Por lo que esta ley introduce cambios significativos que permiten a la institución operar adecuadamente dentro de un sector altamente competitivo.
La nueva ley se adapta a las demandas de los nuevos tiempos y al mercado financiero, eliminando los privilegios y las limitaciones establecidos en la ley anterior. Además, se establece que el Banco de Reservas estará sujeto al mismo régimen de operaciones permitidas, prohibidas e inversiones aplicables a los bancos múltiples, lo que le permitirá operar en un ambiente de mayor competitividad en el mercado bancario.
La ley establece que el Banco dispondrá de un capital de RD$39,000 millones, que podrá ser aumentado o disminuido mediante resolución del Consejo de Directores, conforme a lo dispuesto por la Ley Monetaria y Financiera.
Esto significa que la institución bancaria tiene facultad de tomar decisiones relacionadas con su capital sin requerir la aprobación del poder legislativo, siempre y cuando dichos aumentos se hagan con cargo a sus reservas patrimoniales.
“Esta es la primera vez en 61 años que se realiza un cambio sustancial a la normativa que regula a Banreservas, por lo que representa un paso importante, ya que la convierte en una entidad más moderna, ágil y centrada en el cliente, al permitirle una mayor flexibilidad para enfrentar los desafíos de la transformación digital, innovación y sostenibilidad ambiental”, refirió el presidente ejecutivo del Banco, Samuel Pereyra.
Composición del Consejo
La legislación también se adaptada a las demandas de los nuevos tiempos y al mercado financiero. Con respecto al Consejo de Directores, estará integrado por 14 miembros: el ministro de Hacienda, quien lo presidirá; el presidente ejecutivo del Banco; y doce integrantes designados por el Poder Ejecutivo, tres de los cuales serán recomendados por la Junta Monetaria y tendrán la condición de «miembros independientes».
Los miembros del Consejo al cesar sus funciones, con excepción del ministro de Hacienda, “no podrán realizar actividades de dirección, asesoría o representación legal alguna en entidades de intermediación financiera, por el período de un año”, establece la nueva Ley número 13-24.
Distribución de beneficios
El Estado seguirá siendo el único accionista de Banreservas y, como tal, le corresponde el 40 % de las utilidades generadas, de las cuales el Estado directamente podrá disponer de un 15 % para cubrir deudas con la institución financiera. El 60% de los beneficios distribuibles restantes, serán destinados a reservas patrimoniales del Banco.
Además, se establece que el Banco podrá disponer de un 15 % para cubrir deudas con la institución financiera.
Otras disposiciones
La nueva ley también establece que el Banco de Reservas estará sujeto a los mismos requisitos regulatorios que los bancos múltiples, lo que le permitirá operar en un ambiente de mayor competitividad en el mercado bancario. Además, se mantiene sin modificaciones el Plan de Retiro y Pensiones del Banco, así como los derechos adquiridos y las condiciones reconocidas a los colaboradores vigentes.
Impacto en la economía y la sociedad
La nueva ley refuerza los mecanismos de transparencia y rendición de cuentas, al tiempo que incorpora disposiciones en cuanto al papel que desempeña Banreservas para impulsar el desarrollo económico y social del país.
De esta manera, esta nueva Ley Orgánica del Banco de Reservas es un paso importante hacia la modernización y competitividad en el sector financiero dominicano, ya que la ley introduce cambios significativos que permiten a la institución operar adecuadamente dentro de un sector altamente competitivo, adaptándose a las demandas de los nuevos tiempos y al mercado financiero.
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