Todo éxito en un viaje de mil kilómetros empieza por un paso, o al menos es lo que dice un famoso proverbio sobre el valor de las inciativas en cualquier tipo de emprendimiento. Este proverbio se le puede aplicar a los esfuerzos que se han ido realizando para que en República Dominicana exista un mercado de valores sólido, organizado, pero sobre todo, confiable.
Desde que en el 2017 el Congreso Nacional emitió la Ley No. 249- 17, sobre el mercado de valores, el país empezó a encaminarse con los primeros pasos de un viaje con trayecto largo, pero que proyecta beneficios para toda la sociedad.
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Dejando a un lado la esencia metafórica, unos meses más tarde y cumpliendo con los plazos dictados por la ley, el Consejo Nacional del Mercado de Valores emitió a finales del 2018, el Reglamento de Gobierno Corporativo, que cuenta con los líneamientos fundamentales para que el mercado cumpla con sus objetivos de nacimiento.
Cabe destacar que el Gobierno Corporativo es el conjunto de criterios y las normas que deberán adoptar los participantes del mercado de valores para el establecimiento de un sistema de gobernanza que
establezca los roles de los órganos del consejo de administración y de la alta gerencia.
EL CONSEJO ADMINISTRACIÓN CONTARÁ CON COMITÉS DE APOYO, QUE TENDRÁN LA FACULTAD DE REALIZAR TAREAS ESPECÍFICAS DENTRO DEL GOBIERNO CORPORATIVO.
Por eso es importante enfatizar que toda persona física o jurídica que quiera tener algún tipo de participación en el sector, tendrá que cumplir con el Código de Gobierno Corporativo, y que además, el consejo de administración a que pertenece, debe cumplir con un conjunto de disposiciones generales que permitirán una mayor transparencia y organización en el mercado de valores.
Entre uno de los preceptos del reglamento se prevé que el consejo administrativo tiene que promover la existencia de una rendición de cuentas efectiva, extendiendo su actuación al control periódico de la gestión ordinaria de la sociedad y el desempeño del ejecutivo principal, por medio de un seguimiento regular del grado de cumplimiento de los presupuestos anuales y de la evolución de los principales indicadores económicos y financieros de la empresa.
Además, cabe destacar que el consejo administrativo debe mantener informada a la Superintendencia del Mercado de Valores sobre situaciones, eventos o problemas que afecten o pudieran afectar significativamente a la sociedad, que pueda menoscabar la idoneidad de un miembro del consejo de administración o de la alta gerencia.
LOS COMITÉS
El consejo de administración contará con comités de apoyo, que tendrán la facultad de realizar tareas específicas, las cuales también estarán reguladas por el Reglamento de Gobierno Coporativo.
Cada uno de esos consejos estarán conformados, como mínimo, por tres integrantes y deberán contar con un reglamento interno que regule los detalles de su creación.
Hasta ahora, el reglamento de gobierno corporativo, establece cinco tipo de comités y sus funciones.
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