El nuevo Código Penal de República Dominicana: ¿Qué cambió y qué se quedó afuera? - Revista Mercado
Advertisement
Home
República Dominicana

El nuevo Código Penal de República Dominicana: ¿Qué cambió y qué se quedó afuera?

El 3 de agosto de 2025 quedará grabado en la historia jurídica de República Dominicana como el día en que el país dejó atrás un sistema penal obsoleto, heredado del siglo XIX, para dar paso a una legislación adaptada a los desafíos del siglo XXI. La aprobación de la Ley 74-25, que instituye el nuevo Código Penal de República Dominicana, no fue un proceso sencillo. Tras décadas de intentos fallidos por falta de consenso político y social, los últimos años (2023-2025) marcaron una aceleración en los debates legislativos.

Avatar del autor
DIGITAL EDITOR

El gobierno convocó sesiones extraordinarias para impulsar el proyecto, culminando en una maratónica sesión de 16 horas en la Cámara de Diputados el 31 de julio de 2025. Dos días después, el Senado dio su aval, y el mandatario rubricó la ley, que entrará en vigencia en agosto de 2026.

Los pilares de la nueva legislación

El nuevo Código Penal introduce una estructura más robusta y detallada, con avances significativos en materia de tipificación de delitos, protección a víctimas y sanciones más severas. Entre las principales innovaciones destacan:

  • Delitos modernos. Se incorporan figuras como el feminicidio, el sicariato, el ciberbullying, la violencia económica y la creación de deepfakes con fines de extorsión. También se tipifican la estafa piramidal, la instigación al suicidio y los crímenes de lesa humanidad, respondiendo a realidades antes ignoradas por la ley.

  • Penas más estrictas. Las condenas por delitos graves podrán alcanzar hasta 40 años de prisión, extendiéndose a 60 en casos de múltiples infracciones.

  • Protección integral a víctimas: Se fortalecen las órdenes de restricción, se crea un registro de agresores sexuales y se amplía el plazo de prescripción para delitos sexuales contra menores, permitiendo que las víctimas denuncien hasta 30 años después de alcanzar la mayoría de edad.

  • Responsabilidad corporativa. Por primera vez, las personas jurídicas (empresas u organizaciones) podrán ser penalmente responsables por actos ilícitos cometidos en su nombre.

  • Combate a la corrupción. Se endurecen las sanciones contra este flagelo, incluyendo la inhabilitación permanente para ejercer cargos públicos.

Estas modificaciones buscan actualizar el marco legal y mejorar la eficacia de la justicia frente a fenómenos delictivos cada vez más complejos.

Medidas de control sociojudicial

Según lo establecido en el artículo 68 del nuevo Código Penal (Capítulo IV), los tribunales tienen la facultad de aplicar diversas medidas de supervisión sociojudicial a los sentenciados, con el fin de promover su reinserción en la sociedad. Estas disposiciones pueden incluir:

  • Notificar al juez de ejecución penal sobre cualquier modificación en el empleo o domicilio

  • Mantener distancia y evitar cualquier comunicación con la víctima del delito

  • Acudir a evaluaciones médicas, seguir tratamientos o recibir atención, incluso en régimen de internamiento, siempre con el acuerdo del condenado

  • Abstinencia de consumir alcohol y prohibición de asistir a establecimientos donde se vendan bebidas alcohólicas

  • Restricción para acudir a determinados lugares o relacionarse con ciertas personas

  • Veda permanente para portar armas

  • Participación obligatoria en programas de reeducación para ofensores

  • Registro en el sistema de agresores sexuales gestionado por el Ministerio Público

  • Inhabilidad para ejercer profesiones, empleos o actividades que involucren contacto directo y continuo con menores de edad

Asimismo, si el condenado incumple alguna de estas condiciones durante el período de seguimiento, la pena por desacato se sumará a cualquier nueva condena impuesta.

Ley Núm. 74-25 (Código Penal RD)

La sombra de la exclusión: El aborto fuera del texto

Sin embargo, no todos los aspectos de la reforma han sido celebrados. La omisión más controvertida es la exclusión de las tres causales que permitirían la interrupción del embarazo en casos de riesgo para la vida de la madre, inviabilidad fetal o gestación producto de violación o incesto.

Este punto ha generado un intenso debate entre sectores progresistas y conservadores. Organizaciones feministas, médicos y entidades internacionales han criticado la decisión, argumentando que se ignora la realidad de miles de mujeres y niñas vulnerables, y que la negativa representa un retroceso en derechos humanos y salud pública.

Por otro lado, grupos religiosos y legisladores aliados han defendido la postura, alegando que la vida debe protegerse «desde la concepción».

La ausencia de consenso en este tema refleja las tensiones ideológicas que aún dividen a la sociedad dominicana. Mientras el gobierno insiste en que la reforma es un «gran paso adelante», sus detractores señalan que una modernización legal incompleta deja en desprotección a quienes más lo necesitan.

Línea de tiempo de la Reforma del Código Penal

  • 1884: Se establece el antiguo Código Penal dominicano bajo la Ley 2274.
  • Décadas siguientes: Múltiples intentos fallidos de reforma por falta de consenso, especialmente en torno a temas como el aborto.
  • 2023-2025: Se intensifican los debates legislativos. El presidente Luis Abinader convoca una legislatura extraordinaria para impulsar la reforma.
  • 31 de julio de 2025: La Cámara de Diputados aprueba el proyecto tras una sesión de 16 horas.
  • 1 de agosto de 2025: El Senado aprueba la ley.
  • 3 de agosto de 2025: El presidente Abinader promulga oficialmente la Ley 74-25.
  • Agosto de 2026: Fecha en que la nueva ley entrará en vigencia

Un futuro por evaluar

La entrada en vigor de la Ley 74-25 en agosto de 2026 marcará el verdadero inicio de su prueba de fuego. Los especialistas en derecho penal, las organizaciones de la sociedad civil y el sistema judicial tendrán entonces la tarea de analizar su aplicación práctica: ¿logrará reducir la impunidad? ¿Mejorará la protección de las víctimas? ¿O quedará como un texto avanzado en algunos aspectos, pero insuficiente en otros?

Lo que es innegable es que, más allá de sus aciertos y controversias, esta reforma simboliza un punto de inflexión en la historia legal del país.

Te puede interesar: Nuevo código penal en RD: La apuesta de Abinader para frenar la inseguridad


Suscríbete a la revista y regístrate a nuestros newsletters para recibir el mejor contenido en tu buzón de entrada.

 

Tags:

Lo más visto en Revista Mercado


Análisis para suscriptores


M

Exclusivo Suscriptores

Francia vs. Inglaterra, Copa del Mundo 2026: qué sigue en juego en el partido por el tercer lugar

M

Exclusivo Suscriptores

Cómo prosperar junto a la inteligencia artificial: la mentalidad importa más que las habilidades

M

Exclusivo Suscriptores

La caída en bolsa de IBM reabre la mayor duda sobre la inteligencia artificial

M

Exclusivo Suscriptores

Aunque la guerra en Irán termine, hacer negocios seguirá siendo más caro

M

Exclusivo Suscriptores

¿Puede la vida nocturna revitalizar la economía de las ciudades?

Artículos patrocinados


Más de República Dominicana


MÁS MERCADO,

DIRECTO A TU INBOX

Suscríbete y recibe noticias, análisis y contenidos exclusivos.

Al suscribirte, aceptas recibir comunicaciones de Revista Mercado y confirmas que has leído nuestros Términos y Condiciones y nuestra Política de Privacidad.
Elige una lista

¿Dónde deseas guardar ?