Visa de Estados Unidos: ¿te la pueden negar por turismo de parto?
Advertisement
Home
Daily News

¿Te pueden negar la visa por «turismo de parto»? Lo que advirtió la Embajada de EE. UU. en RD

La Embajada estadounidense recordó que los oficiales consulares pueden rechazar una visa de visitante si consideran que el propósito principal del viaje es dar a luz para obtener la ciudadanía.

Manos sosteniendo una prueba de embarazo positiva sobre documentos oficiales del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos con la bandera estadounidense de fondo.

Foto: Las autoridades consulares de Estados Unidos reiteran los criterios de elegibilidad para visados de paseo, recordando que el denominado "turismo de parto" constituye un motivo válido para la denegación del documento de viaje.

Avatar del autor
DIGITAL EDITOR

Una solicitud de visa puede ser denegada si el oficial consular determina que la persona pretende viajar a Estados Unidos principalmente para dar a luz y obtener la ciudadanía estadounidense para su hijo. La Embajada de Estados Unidos en República Dominicana volvió a advertir sobre esta práctica, conocida como “turismo de parto” o “turismo de nacimiento”, y recordó que ese propósito no está permitido bajo una visa de visitante.

La advertencia fue difundida por la misión diplomática estadounidense en el país el 30 de septiembre de 2026. En su mensaje señaló que los oficiales consulares denegarán las solicitudes de visa cuando crean que el solicitante tiene la intención de participar en turismo de nacimiento.

La regla no significa que una mujer embarazada tenga automáticamente prohibido solicitar o tener una visa estadounidense. El punto determinante es el propósito principal del viaje y la evaluación que realiza el funcionario consular durante el proceso.

Te puede interesar: EE. UU. y China temen una IA fuera de control ¿Quién fija las reglas si no confían entre sí? 

¿Qué considera Estados Unidos «turismo de parto»?

El Departamento de Estado define el “birth tourism” como viajar a Estados Unidos con el propósito principal de dar a luz para que el hijo obtenga la ciudadanía estadounidense. Ese objetivo no constituye una razón válida para recibir una visa B de visitante. La propia información oficial establece expresamente que el turismo de parto no está permitido bajo una visa de visitante.

Las visas B-1 y B-2 están destinadas, entre otros usos, a viajes de negocios, turismo, vacaciones, visitas a familiares o amigos y determinados tratamientos médicos. Sin embargo, el viaje cuyo propósito principal sea dar a luz para obtener la ciudadanía para el menor queda fuera de los usos permitidos.

Por eso, la discusión no se centra simplemente en si una solicitante está embarazada, sino en para qué pretende utilizar la visa y cuál es el propósito principal de su viaje.

¿Desde cuándo existe esta restricción?

Aunque la advertencia de la Embajada en República Dominicana fue reiterada en septiembre de 2026, la restricción no nació con este anuncio.

El Departamento de Estado estableció en enero de 2020 una modificación a las reglas de las visas B para visitantes. La normativa determinó que viajar a Estados Unidos con el propósito principal de obtener la ciudadanía para un hijo mediante el nacimiento en territorio estadounidense no constituye una actividad permitida para una visa de visitante.

Asimismo, la regulación establece que un funcionario consular debe negar una solicitud de visa B cuando tenga razones para considerar que la persona pretende viajar con ese propósito principal.

Por tanto, el mensaje difundido ahora por la Embajada funciona como un recordatorio de una regla vigente, en el contexto de una política estadounidense más amplia de vigilancia sobre este tipo de viajes.

¿Estar embarazada significa que te negarán la visa?

La regla oficial no establece que una persona pierda automáticamente la posibilidad de obtener una visa de visitante por estar embarazada. Lo que se evalúa es si el propósito principal del viaje es el denominado turismo de nacimiento. El Departamento de Estado contempla incluso el tratamiento médico como una de las actividades que puede realizarse con una visa B-2.

No obstante, cuando una persona solicita una visa para recibir atención médica en Estados Unidos, existen requisitos específicos relacionados con el tratamiento y con su capacidad para cubrir los costos correspondientes. La regulación de 2020 incorporó disposiciones para estos casos.

Es más, esto hace relevante diferenciar entre viajar por una razón médica legítima y viajar principalmente con la intención de que el nacimiento del hijo produzca un beneficio migratorio o de ciudadanía.

Te puede interesar: Visas de Estados Unidos: Trump revoca más de 175,000 y endurece controles migratorios 

¿Qué puede hacer un cónsul si sospecha turismo de parto?

La advertencia de la Embajada es clara, si el oficial consular considera que el solicitante pretende participar en turismo de nacimiento, puede denegar la solicitud de visa. La evaluación ocurre durante el proceso consular. Por eso, la información proporcionada en la solicitud y durante la entrevista debe corresponder con el propósito real del viaje.

De igual forma, la Embajada ha pedido a los ciudadanos dominicanos ser transparentes durante el proceso de solicitud. La embajadora de Estados Unidos en República Dominicana, Leah Francis Campos, señaló recientemente que los solicitantes deben ser honestos y utilizar sus visas para el propósito para el cual fueron otorgadas.

El Departamento de Estado, establece que las visas de visitante no pueden utilizarse para actividades que no correspondan con la categoría otorgada.

¿Qué pasa si una persona ya tiene visa?

La advertencia tampoco se limita a nuevas solicitudes. Las autoridades estadounidenses han suspendido al menos 600 visas vinculadas con casos de turismo de parto dentro de una operación desarrollada internacionalmente. La Embajada estadounidense en República Dominicana confirmó que entre los casos existen ciudadanos dominicanos.

Además, en los casos confirmados, las autoridades estadounidenses cancelaron el visado de ambos padres del menor.

Esto muestra que el asunto puede tener consecuencias incluso después de que una persona haya obtenido una visa, particularmente cuando las autoridades determinan que esta fue utilizada de manera incompatible con su propósito.

¿Qué está haciendo Estados Unidos contra las redes de turismo de parto?

La advertencia forma parte de una política más amplia de Estados Unidos contra las redes que facilitan este tipo de viajes.

También, la embajadora Campos advirtió sobre posibles consecuencias para quienes organicen, faciliten o se beneficien de estas redes, incluidos intermediarios que promuevan fraude y proveedores médicos que colaboren con estas prácticas.

El Departamento de Estado señaló que el turismo de parto no es una actividad permitida bajo una visa de visitante y ha establecido mecanismos para aplicar esa regla durante la evaluación de solicitudes. La política estadounidense distingue así entre una visita legítima y un viaje cuyo objetivo principal sea utilizar el nacimiento en territorio estadounidense como mecanismo para obtener la ciudadanía para un menor.

Te puede interesar: RD será el primer país donde EE. UU. cobrará fianza por visado de residencia: Los requisitos

¿Y qué ocurre con la ciudadanía por nacimiento?

La controversia sobre el turismo de parto está relacionada con el hecho de que la Decimocuarta Enmienda de la Constitución de Estados Unidos establece que las personas nacidas o naturalizadas en el país y sujetas a su jurisdicción son ciudadanas estadounidenses.

La administración de Donald Trump ha impulsado medidas destinadas a restringir la ciudadanía por nacimiento, pero varias de esas iniciativas han enfrentado obstáculos judiciales.

Esto significa que deben separarse dos asuntos: las reglas para obtener una visa de visitante y el debate constitucional sobre la ciudadanía por nacimiento. La restricción del turismo de parto para efectos de visas B existe desde 2020 y no depende de que se modifique la Decimocuarta Enmienda.

¿Qué debe tener claro quien solicite una visa de visitante?

Para un solicitante dominicano, el punto central es que la visa debe utilizarse para el propósito para el cual fue concedida.

Ahora bien, una visa B-2 puede utilizarse para turismo, vacaciones, visitas a familiares o amigos y determinados tratamientos médicos. Pero el Departamento de Estado establece expresamente que viajar principalmente para dar a luz con el objetivo de obtener la ciudadanía estadounidense para el hijo no es un propósito permitido.

Por eso, una solicitud debe reflejar de manera veraz las razones del viaje. Ocultar o tergiversar el propósito puede generar consecuencias adicionales durante el proceso consular.

Suscríbete a la revista y regístrate a nuestros newsletters para recibir el mejor contenido en tu buzón de entrada.

Lo más visto en Revista Mercado


Análisis para suscriptores


M

Exclusivo Suscriptores

Argentina quiere atraer la industria de la IA ¿Le basta con ofrecer menos regulación y más energía?

M

Exclusivo Suscriptores

Estados Unidos empieza a inquietar a sus socios ¿Hasta dónde puede poner a prueba su confianza?

M

Exclusivo Suscriptores

Quieren construir en Uruguay una ciudad para un mundo transformado por la IA ¿Por qué allí?

M

Exclusivo Suscriptores

Más corto, más barato y casi igual de lleno: el parque de Dubái que juega en la liga de Disney con otras reglas

M

Exclusivo Suscriptores

El idilio entre Donald Trump y Delcy Rodríguez

Artículos patrocinados


Más de Daily News


MÁS MERCADO,

DIRECTO A TU INBOX

Suscríbete y recibe noticias, análisis y contenidos exclusivos.

Al suscribirte, aceptas recibir comunicaciones de Revista Mercado y confirmas que has leído nuestros Términos y Condiciones y nuestra Política de Privacidad.
Elige una lista

¿Dónde deseas guardar ?