Hoy vence el ITBIS de septiembre en RD: calendario DGII
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Hoy vence el ITBIS de septiembre en RD: el calendario de la DGII y el plazo de factura electrónica

El cumplimiento tributario exige una gestión rigurosa del calendario fiscal para evitar penalizaciones financieras.

Persona utilizando una calculadora y anotando datos financieros en documentos, con una computadora portátil que muestra gráficos al fondo. Imagen relacionada con la declaración y el pago de impuestos.

Foto: La declaración y el pago del ITBIS forman parte de las obligaciones tributarias de los contribuyentes dominicanos.

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En República Dominicana, las empresas y profesionales independientes deben estar al tanto de las fechas límite fijadas por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) para la presentación de declaraciones juradas y pagos correspondientes.

Cada ciclo mensual marca un hito crítico en el flujo de caja corporativo y el esquema operativo de los negocios en el país.

El monitoreo constante de los deberes fiscales garantiza la operatividad comercial sin interrupciones ni morosidades innecesarias.

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Obligaciones fiscales clave para el cierre del periodo tributario

La DGII establece el vencimiento de la declaración y pago del Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) del periodo de septiembre.

Los contribuyentes tienen la responsabilidad de realizar la remisión de los formatos de envío de datos como el 606 y 607, junto a la declaración jurada ordinaria IT-1.

Además del ITBIS, en esta misma fecha vencen otras obligaciones de retención e impuestos indirectos. Entre estos destacan el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) aplicable a productos de alcohol, tabaco, servicios de telecomunicaciones y otros bienes gravados, así como el Impuesto Sobre la Renta (ISR) bajo regímenes de retención específica y minería.

Día Impuestos y Obligaciones Fiscales (Octubre 2026)
20 • Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS).
• Impuesto Selectivo al Consumo (ISC): de productos del Alcohol, del Tabaco, de Telecomunicaciones, de Seguros (DSS) y otros bienes gravados con este impuesto.
• Impuesto Sobre la Renta US$ (Minería).
• Participación sobre Utilidades Netas (PUN).
• Impuesto Mínimo Anual (IMA).
21 • Remisión información estadísticas de los Sujetos Obligados No Financieros formato 647, correspondiente al período julio-septiembre del año 2026.
22 • Impuesto a los Hidrocarburos.
• Contribución de GLP.
• Impuesto Único Bancas de Lotería.
• Impuesto Único Bancas de Apuestas.
23 • Impuesto de Cheques y Transferencias Electrónicas.
• ITBIS retenido por las Compañías de Adquirencia.
26 • Contribución de Salida de Líneas Aéreas (1ra. quincena octubre 2026).
27 • Envío de Reporte Local o Estudio de Precios de Transferencia, con fecha de cierre 31 de diciembre 2025.
• Envío de Reporte Maestro de Sujetos Obligados a Precios de Transferencia, con fecha de cierre 31 de diciembre 2025.
28 • Impuesto Sobre la Renta de Sociedades (IR-2) con fecha de cierre 30 de junio 2026.
• Declaración Jurada Informativa de las Instituciones Sin Fines de Lucro (ISFL) con fecha de cierre 30 de junio 2026.
• Declaración Informativa de Operaciones efectuadas con partes Relacionadas (DIOR), con fecha de cierre 30 de junio 2026.
• Declaración de Oficio para la Contribución y Coprocesamiento de Residuos Sólidos (CRS) de sociedades con fecha de cierre 30 de junio 2026.
• 1ra. Cuota Impuesto sobre Activos de Sociedades con fecha de cierre 30 de junio 2026.
29 • Impuesto a los Hidrocarburos.
• Contribución de GLP.
30 • Impuesto de Cheques y Transferencias Electrónicas.
• ITBIS retenido por las Compañías de Adquirencia.
• 2da. Cuota Impuesto sobre Activos de Sociedades con fecha de cierre 31 de diciembre 2025.
• 2da. Cuota del Impuesto Sobre Activos para Personas Físicas con Negocio de Único Dueño.

El incumplimiento dentro de los plazos establecidos genera recargos por mora del 10 % para el primer mes o fracción de mes, sumado a un 1.10 % de interés indemnizatorio acumulativo por cada mes subsiguiente.

Mantener la contabilidad al día mitiga contingencias legales y preserva el perfil de riesgo fiscal de la entidad.

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Transición digital y el avance de la facturación electrónica

La administración tributaria dominicana avanza firmemente hacia la digitalización integral de las operaciones económicas mediante la Ley 32,23 de Facturación Electrónica. La medida busca transformar el modelo de fiscalización e incrementar la transparencia impositiva en el mercado nacional.

El esquema progresivo contempla la incorporación obligatoria de los grandes y medianos contribuyentes a la emisión de comprobantes fiscales electrónicos (e,CF). Esta migración requiere que los negocios adopten la firma digital acreditada y adapten sus sistemas informáticos para transmitir datos en tiempo real hacia la DGII.

Para las entidades de menor escala, la autoridad fiscal habilita herramientas como el facturador gratuito DGII, disminuyendo la barrera de entrada tecnológica. Adaptar los procesos contables a este modelo previene imprevistos operativos en los próximos ciclos fiscales.

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Cronograma de compromisos e impacto en las empresas

Durante el transcurso del mes de octubre, el calendario fiscal contempla otras fechas determinantes para distintos sectores de la economía. El día 21 corresponde la remisión del formato 647 para Sujetos Obligados No Financieros, mientras que el día 22 vencen los gravámenes sobre hidrocarburos, bancas de lotería y apuestas.

Las retenciones de cheques y transferencias electrónicas, junto al ITBIS retenido por compañías de adquirencia, deben completarse el día 23. Posteriormente, el día 27 vence el envío del Estudio de Precios de Transferencia para sociedades comerciales con cierre fiscal al 31 de diciembre de 2025.

Finalmente, el día 28 concluye el plazo para la presentación de la declaración jurada IR,2 para empresas con cierre fiscal al 30 de junio de 2026, la declaración informativa de operaciones con partes relacionadas (DIOR) y la primera cuota del Impuesto sobre Activos. Planificar la liquidez corporativa conforme a estos vencimientos resulta fundamental para la estabilidad operativa.

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