Marco legal dominicano sobre los derechos de la mujer - Revista Mercado
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Marco legal dominicano sobre los derechos de la mujer

Por Karime Rivas | junio 14, 2021

Por: Francina Zapata Rodríguez.
Revista Mercado Women Región Este 2021

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Los avances que se han alcanzado en torno a la igualdad de género de las mujeres y niñas cuentan con un arduo recorrido histórico, en el que poco a poco la situación de la mujer ha cambiado. Pero todavía quedan muchos retos por lograr y batallas que luchar por los derechos de la mujer.

En los últimos 15 años, el tema de igualdad de género ha acaparado la atención y ha sido el tema central en grandes foros internacionales, cobrando un auge en los últimos 5 años. Durante esta crisis sanitaria, me ha llamado la atención la expresión «en primer línea» y es ahí donde las mujeres han estado, «en primer línea» de actuación, hemos sido protagonistas de importantes hallazgos, presentes en el sector salud, educación, sociedad civil, propulsoras de iniciativas, emprendedoras, pilares de familia, sostén económico, y aún así no somos reconocidas, aceptadas, respetadas ni valoradas.

Me ha llamado la atención la expresión «en primer línea» y es ahí donde las mujeres han estado, «en primer línea» de actuación

Poco a poco la situación de la mujer ha cambiado, aunque todavía quedan muchos retos por lograr y obstáculos que vencer. Vemos como en países aún existen desigualdades a nivel laboral, empresarial, limitantes al acceso de cargos públicos prejuicios y atropellos a los derechos básicos, en ocasiones encasillando a la mujer en determinados roles por su género.

Los derechos de la mujer hacen referencia a la distinción de los derechos que se reconocen o bien se conceden a las mujeres y niñas en diferentes sociedades del planeta. Mientras que en algunos lugares esto derechos están institucionalizados o respaldado por leyes, costumbres locales y el comportamiento social, en otras zonas no se realiza el mismo trato, llegándose incluso a negar en contraposición con los derechos admitidos a los hombres y niños. Fran P. Hosken. Towards a Definition of Women’s Rights en Human Rights Quarterly, Vol. 3 n° 2 (mayo de 1981), pp1-10.

La República Dominicana le ha otorgado al tema un lugar central en la implementación de políticas de paridad entre mujeres y hombres, con el propósito de impulsar el desarrollo de la mujer, promover la asimilación del derecho a la igualdad, tutelado por la Constitución de Dominicana en su artículo 39, numeral 4, el cual establece lo siguiente: «La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Se prohíbe cualquier acto que tenga como objetivo o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad de los derechos fundamentales de mujeres y hombres».

La República Dominicana le ha otorgado al tema un lugar central en la implementación de políticas de paridad entre mujeres y hombres, con el propósito de impulsar el desarrollo de la mujer

Por tanto, la Constitución dominicana reconoce que la finalidad principal del estado es la protección de los derechos de todos los hombres y mujeres, y el mantenimiento de los medios que les permitan desarrollarse dentro de un orden de libertad individual y de justicia social, que coincida con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos.

Un importante avance en el país fue la promulgación de la Ley Número 390, promulgada el 18 de diciembre de 1940, que otorga la plena capacidad de los derechos civiles a la mujer dominicana. Para garantizar estos fines se establecieron las siguientes normas:

  • Inviolabilidad de la vida.
  • Seguridad individual.
  • Inviolabilidad del domicilio.
  • Libertad de tránsito.
  • Libertad de trabajo.
  • Protección de la familia.
  • Libertad de enseñanza.
  • Derecho a la seguridad social.
  • Libertad de expresar el sentimiento.
  • Libertad de asociación y de reunión.
  • Libertad de conciencia y de culto.
  • Inviolabilidad de la correspondencia y demás documentos privados.
  • Derechos de propiedad.
  • Propiedad de los inventos y descubrimientos, así como las producciones científicas, artísticas y literarias.

República Dominicana cuenta con otros marcos legales que también establecen y consagran el Principio de la Igualdad establecido en la Constitución, como es la Ley 136-03 que protege, por igual, los derechos de los niños, niñas y adolescentes, la Ley Núm. 24-97 sobre Violencia Intrafamiliar y la Violencia en Contra de las Mujeres, modifica el Código Penal en lo concerniente a la discriminación contra la mujer, reconoce la violencia contra la mujer como un problema de orden público que obstaculiza el pleno desarrollo de las mujeres y limita el ejercicio de sus derechos fundamentales. También, contamos con la Ley Núm. 855-78 que iguala a padres y madres en derechos y obligaciones dentro de la familia.

Se pudiera decir que contamos con un marco legal robustecido y que garantiza los derechos de las mujeres y niñas, pero aún no hemos logrado erradicar las diferencias en los aspectos económicos, sociales y culturales.

En el 2011, fue creada la Ley que facilita el acceso a la Justicia de las mujeres víctimas de violencia. Esta Ley tiene por objeto modificar el Código Procesal Penal y la Ley Orgánica del Ministerio Público, con la finalidad de facilitar el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia.

Se pudiera decir que contamos con un marco legal robustecido y que garantiza los derechos de las mujeres y niñas, pero aún no hemos logrado erradicar las diferencias en los aspectos económicos, sociales y culturales. En muchos países sigue habiendo discriminación en las leyes, por ejemplo, la prohibición al aborto. Dicha prohibición es una forma de violencia hacia las mujeres y las niñas, negándoseles sus derechos reproductivos, poniendo en peligro sus vidas.

En el 2020 acaparamos la atención de sectores y grupos activistas, que junto a otros países han abogado por la despenalización del aborto en las tres causales, cuando el embarazo represente un riesgo para la vida de la mujer, cuando sea fruto de una violación o incesto, o cuando existan malformaciones fetales incompatibles con la vida. La República Dominicana es uno de los seis países en América Latina que prohíbe completamente el aborto sin la excepción, lo que constituye y sigue representando una limitación al disfrute de los derechos de las mujeres y niñas.

Es un tema que confronta opiniones de la iglesia católica, el sector salud y la sociedad civil y pese a las presiones ejercidas por diversas instituciones internacionales (Centro de Derechos Reproductivos, Centro por la Justicia y el Derecho Internacional, la Colectiva Mujer y Salud, la Red Mundial de Mujeres por los Derechos Reproductivos) y sectores locales, el aborto en nuestro país está prohibido.

La mujer debe tener derecho a que se respete su vida, su integridad física, psíquica y moral, su libertad y seguridad. Debemos llevar a cabo más programas de concientización y educación , especialmente en las regiones y sectores marginados, donde las mujeres están más expuestas a peligros.

La mujer debe tener derecho a que se respete su vida, su integridad física, psíquica y moral, su libertad y seguridad. Debemos llevar a cabo más programas de concientización y educación, especialmente en las regiones y sectores marginados, donde las mujeres y las niñas están más expuestas a la violación de sus derechos y hacer un cambio en nuestra cultura visión y educación, pero sobre todo terminar con la sobrevaloración del hombre en detrimento de la mujer, para alcanzar un ambiente y vida sin discriminaciones, sin desigualdad, sin violencia y sin violaciones.

No cabe duda de que la mujer es el pilar, sostén y el equilibrio fundamental de la sociedad actual, estamos «en primera línea» ante la lucha por nuestros derechos e igualdad. Nos queda mucho por hacer, pero ya vivimos en una sociedad donde tenemos más presencia, oportunidades y somos tomadas en cuenta en varias esferas sociales.

 

Biografía de la autora:

Francina Zapata Rodríguez, es Doctora en Derecho, graduada de la Universidad Iberoamericana. Maestría en Derecho General en la Universidad de Tulane, New Orleans Lousiana, USA. Tiene 21 años en el ejercicio de la profesión, donde brinda servicios al sector turístico y a la inversión extranjera. Ex docente  en la Universidad Iberoamericana.

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