¿Pagó usted sus taxes? - Revista Mercado
cedisa

¿Pagó usted sus taxes?

Por pferreras | marzo 16, 2021

A la vuelta de la esquina se encuentra la fecha límite para presentar la declaración anual para personas físicas; omitir esta presentación representa una grave falta tributaria ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), siendo sancionado entre diez y cincuenta salarios mínimos. ¿Eres de los que siempre paga después del deadline? Pues respira, ¡aún está a tiempo!

La declaración jurada

Accede a las historias más relevantes de negocios, bienestar y tecnología. Entérate de nuestros rankings y eventos exclusivos. Suscríbete y recibe en tu correo el mejor contenido de Mercado.

Es un documento mediante el cual las personas tanto físicas como jurídicas dan constancia de los bienes y/o servicios prestados por su actividad económica, durante el transcurso de su periodo fiscal.

Los periodos fiscales corresponden a doce meses con diferentes fechas de corte, siendo estas el 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre; la presentación próxima a vencer es la correspondiente al cierre fiscal del 31 de diciembre, debe presentarse a más tardar 120 días después de la fecha de cierre.

Las personas físicas y las instituciones sin fines de lucro deben realizar su presentación fiscal anual el 31 de marzo de cada año, correspondiente a sus operaciones de enero a diciembre del año anterior.

Gastos a ser reportados

Toda persona física e institución sin fines de lucro está en el deber de cumplir con enviar la declaración jurada anual del Impuesto Sobre la Renta, junto al anexo de la misma IR-1; mensual del ITBIS (Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios), en caso de su actividad ser afín a mencionado impuesto –IT-1–; mensual de retenciones de asalariados, si tiene empleados –IR-3–; y, finalmente, enviar la declaración jurada mensual de otras retenciones y retribuciones complementarias ­­–IR-17–.

Si usted recibe ingresos en el exterior, ya sean por alquiler de bienes, prestaciones de servicios, préstamos, ventas de inmuebles, entre otros, debe presentar la declaración jurada IR-1.

Cómo hacer la presentación

Una vez realizada la presentación jurada IR-1 (percepción de ingresos internacionales), IT-1 (Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios) e IR-17 (retenciones y retribuciones complementarias), se obtienen de la misma plataforma las autorizaciones de pago, para fines de cumplir las mismas, el sistema financiero nacional (bancos) ofrece las facilidades en las plataformas de cada institución bancaria para honrar dichos compromisos.

Suscríbete a la revista y regístrate a nuestros newsletters para recibir el mejor contenido en tu buzón de entrada.

Tiempo de espera: 2566829 segundos

Elige tu plan de suscripción digital

Con la compra de tu suscripción digital, recibes acceso a contenido premium dentro de nuestra plataforma web. 

Plan Mensual

RD$ 300

Plan Anual

RD$ 3,600

RD$ 1,800

50% DE AHORRO

Plan Bianual

RD$ 7,200

RD$ 3,600

50% DE AHORRO

¿Qué incluye tu suscripción digital?

Acceso exclusivo a noticias, entrevistas y artículos

Acceso prioritario a eventos

Newsletters digitales diarios

Plan Mensual

RD$ 700

Plan Anual

RD$ 8,400

RD$ 4,200

50% DE AHORRO

Plan Bianual

RD$ 16,800

RD$ 8,400

50% DE AHORRO

¿Qué incluye tu suscripción digital?

Acceso exclusivo a noticias, entrevistas y artículos

Acceso prioritario a eventos

Newsletters digitales diarios

Newsletters especiales y especializados

12 ediciones digitales de Mercado

12 ediciones digitales de Market Brief

Nuevas ediciones al instante en tu correo

Plan Mensual

RD$ 1,500

Facturado Mensual

Plan Anual RECOMENDADO

RD$ 9,000

Facturado Anual

50% DE AHORRO

Plan Bianual

RD$ 18,000

Facturado Cada Dos Años