El país se enfrenta al desafío de cumplir el tratado de Basilea III, que con la implementación completa de sus principios normativos, agregaría más eficiencia al sistema financiero local. ¿De qué se trata?
Basilea III es un conjunto de medidas acordadas internacionalmente en 2010 y desarrolladas por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea en respuesta a la crisis financiera mundial de 2007-09.
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El objetivo de dichas medidas es reforzar la regulación, la supervisión y la gestión del riesgo de los bancos, las cuales en República Dominicana la Asociación de Bancos Múltiples (ABA) está dispuesta a cumplir.
Hasta el momento el país solo ha completado los contenidos de Basilea I, que data de 1988 y algunos aspectos relacionados con Basilea II, de 2004. A nivel internacional, alrededor del 50% de los países de ingresos medios altos aún no adaptan todos los elementos de Basilea III.
Basilea III aborda una serie de deficiencias identificadas en el marco regulador anterior a la crisis y sienta las bases de un sistema bancario resiliente que ayude a evitar la acumulación de vulnerabilidades sistémicas.
Dentro de estas se destaca mejorar la calidad del capital regulador bancario concediendo más importancia al capital que permite absorber pérdidas; aumentar el nivel de los requerimientos de capital; mejorar la cuantificación del riesgo revisando los componentes del marco de capital ponderado por riesgo que resultaron estar mal calibrados, incluidas las normas globales para el riesgo de mercado, riesgo de crédito de contraparte y titulización.
Además, añadir elementos macroprudenciales al marco regulador introduciendo colchones de capital que se dotan durante las fases de coyuntura positiva para poder utilizarse en los momentos de tensión y limitar así la prociclicidad.
El tratado de Basilea III pide especificar un requerimiento mínimo de coeficiente de apalancamiento destinado a prevenir el exceso de apalancamiento en el sistema bancario y complementar los requerimientos de capital ponderado por riesgo.
También recomienda introducir un marco internacional para mitigar el exceso de riesgos de liquidez y de transformación de vencimientos, mediante el coeficiente de cobertura de liquidez y el coeficiente de financiación estable neta.
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