Los aranceles se aplican con la finalidad de incrementar el valor de cualquier producto importado o exportado. De esta forma es posible proteger la economía local, al igual que garantiza una fuente de ingresos constante y fija.
Esto significa que los bienes importados entran a territorio dominicano con su precio original + el impuesto; es decir, más costoso.
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Según la Economipedia, aplicar un arancel produce tres efectos, entre ellos el mencionado anteriormente: Efecto consumo; pues, se encarece el precio del producto importado y, como consecuencia, perjudica al consumidor nacional.
Ucrania es el país de mayor producción de maíz, soya, trigo… entre otros granos alimenticios. Con el conflicto bélico desatado entre Rusia y Ucrania desde finales de febrero 2022, los precios de estos productos se verán afectados en gran medida.
El Congreso Nacional aprobó en segunda lectura la eliminación los aranceles aplicados a los productos más importantes de la canasta básica durante seis meses.
El documento establece que el gobierno busca reducir el costo de los alimentos básicos para la alimentación de la familia dominicana, como respuesta al alza de los precios por efectos varios como la guerra entre Putin y Zelenskyy o la pandemia.
Las modificaciones que fueron presentadas por la Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD) y la Junta Agroempresarial Dominicana (JAD) se fusionaron y fueron presentadas a los legisladores en el hemiciclo.
Dichas modificaciones se limitan al párrafo III de el artículo uno que establece lo siguiente: “La Comisión para las Importaciones Agropecuarias podrá limitar con topes cuantitativos, vía cuotas, la importación de estos productos y determinará los mecanismos de administración correspondientes para cada caso”.
Ahora el proyecto pasará al Senado de la República para su conocimiento y aprobación:
# | Día | Tipo |
---|---|---|
1 | Carne de res | En canales, media canales, frescas o refrigeradas, en cortes o trozos, sin deshuesar o deshuesadas y congeladas |
2 | Carne de cerdo | En canales, media canales, frescas o refrigeradas, en cortes o trozos, piernas, paletas y sus trozos sin deshuesar y congeladas |
3 | Carne de pollo | Sin trocear, frescas o refrigeradas; muslos cortos y largos, unidos, frescos o refrigerados; picada o molida, pechuga, alas, muslo y otras partes congeladas |
4 | Leche | En polvo, gránulos o cualquier otro tipo de sólido; sin adicional de azúcar o edulcorante |
5 | Mantequilla | – |
6 | Margarina | Todo tipo, excepto la líquida |
7 | Ajos | – |
8 | Arvejas | – |
9 | Frijoles | Negros, blancos, rojos, puntos, giros y jacomelos |
10 | Lentejas | – |
11 | Guisantes | – |
12 | Habas | – |
13 | Gandules | Enlatados y otros tipos |
14 | Harina de trigo | – |
15 | Harina de maíz | – |
16 | Aceites | De soya, de cacahuate (maní), de girasol y de maíz refinado |
17 | Pasta alimenticia | Sin cocer, rellenar ni prepara de otra forma; que no contengan huevo; cocidas o preparadas de otra forma |
18 | Pan | Sobao, de agua, integral, tipo ‘baguette’, de molde, congelado, entre otros |
19 | Maíz dulce | – |
Nota del Editor: Este contenido fue actualizado de su fecha original del 15 de marzo tras la aprobación del Congreso Nacional tras una segunda lectura del proyecto de ley.
Por Redacción de Revista Mercado
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