En estos últimos días hemos introducido a nuestras conversaciones los conceptos de “empresas offshore” y “paraísos fiscales” debido a la investigación periodística que se ha llevado a cabo respecto a los denominados “Pandora Papers”.
Pues, esta semana, una indagación del Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ, por sus siglas en inglés) reveló cuentas secretas en paraísos fiscales. Así, la que se considera la mayor colaboración periodística de la historia, superando la investigación denominada “Panama Papers” en 2016, divulgó los tratos secretos y activos ocultos de más de 330 personalidades de más de 90 países y territorios.
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Pero ¿cómo funcionan los paraísos fiscales?, ¿qué es una sociedad “offshore” ?, ¿es legal constituir una empresa en un paraíso fiscal?
En primer término, se considera “paraíso fiscal” a un país, un territorio, una determinada región o también una actividad económica que se busca privilegiar frente al resto, con la finalidad de captar fuertes inversiones, constituir sociedades, acoger personas físicas con grandes capitales, etc. Dicho de otro modo, los paraísos fiscales son aquellos sitios que atraen a los inversores extranjeros por el trato fiscal favorable que reciben.
Algunos de los paraísos fiscales más conocidos se encuentran en Panamá, Islas Vírgenes Británicas o Belice. También hay estados / territorios como Hong Kong y Singapur o países europeos, con Suiza, Chipre y Luxemburgo a la cabeza. En Estados Unidos, Dakota del Sur, Nevada y Delaware son considerados paraísos fiscales.
El objetivo de los gobiernos de estos territorios es atraer recursos y divisas de ciudadanos y empresas no residentes para fortalecer sus economías. Pues, generalmente cuentan con recursos naturales limitados y su industria es muy pequeña, por lo que la base de su subsistencia es el sistema financiero que se alimenta de estos recursos.
Carga de impuestos nula o muy baja. Este es el punto focal que atrae a miles de empresas y personas a los paraísos fiscales. Los inversores o compañías extranjeras no deben pagar impuestos como el de la renta, o sociedades, entre otros. En el caso que deban hacer un pago, este es realmente bajo, al punto de ser enteramente nominales.
Otro punto atractivo de los paraísos fiscales es el encubrimiento de la información. Basados en la confidencialidad bancaria, es virtualmente imposible acceder a información como el origen de los fondos, los movimientos de capital o sus propietarios. En muchos paraísos fiscales los dueños de esos capitales ni siquiera tienen la obligación de aparecer en los registros de carácter público.
Elasticidad fiscal. Las normas legales en competencia fiscal y de hacienda son increíblemente flexibles. Esto permite a los bancos, abogados mercantiles, firmas de consultores, etc. maniobrar para sacar el máximo provecho de estos nichos. Aquí también se contempla el hecho que las empresas puedan registrar su domicilio en estos territorios cuando en realidad no cuentan con ninguna actividad administrativa u operativa real.
Dualidad en materia fiscal. Los ciudadanos de ese territorio, así como las empresas domésticas suelen estar atadas a un marco legal taxativo muy distinto al aplicado a las empresas internacionales. Esto presenta un atractivo para estas entidades extranjeras pues reciben los beneficios en materia de impuestos que no serían posibles en sus países de origen.
Otro concepto que regularmente aparece en este tipo de investigación es el de offshore. Este término, literalmente traducido como fuera de la costa, se usa en procesos legales para denominar a las sociedades que se registran en un lugar (paraíso fiscal) donde no ejercen ningún tipo de actividad económica.
De esta manera, pueden resguardar capitales que pueden, o no, provenir de fuentes ilícitas, gozar de altos niveles de confidencialidad y de bajas tasas impositivas.
Este término puede usarse para describir bancos, corporaciones, inversiones y depósitos extranjeros.
El hecho de tener dinero en el extranjero no es ilegal, pues muchas personas pueden hacerlo para proteger su dinero contra ataques criminales o como respaldo ante gobiernos inestables.
Los partidarios de las sociedades offshore argumentan que mejoran el flujo de capital y facilitan las transacciones comerciales internacionales. Los críticos argumentan que la deslocalización es una forma de ocultar las obligaciones tributarias o las ganancias obtenidas ilegalmente de las autoridades.
Se constituyen en 48 horas y por un importe mínimo.
Son constituidas, normalmente, en territorios de baja o nula tributación por un no residente en dicho territorio y exentas de impuestos.
Son establecidas por abogados y agentes acreditados en jurisdicción offshore.
No realizan ninguna actividad económica dentro del país de constitución
No tienen gastos de auditoría ni de contabilidad, ya que no tienen obligación de presentar cuentas de forma anual.
No tienen obligación de efectuar juntas de socios o accionistas.
Tienen unos costos anuales de mantenimiento muy bajos.
Si bien no se tiene certeza de cuánto dinero hay invertido en los offshore, el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ en sus siglas en inglés) estima que el monto debe oscilar entre US$5,6 billones y US$32 billones.
Al estar “oculto” este dinero, no se contabiliza para el pago de tributos, por ello el Fondo Monetario Internacional (FMI) calcula que la existencia de estos paraísos fiscales les cuesta a los estados del mundo hasta US$600,000 millones en impuestos perdidos cada año.
En promedio, los países de ingresos más bajos pierden cada año 45 mil millones de dólares en ingresos fiscales: el equivalente al 54,8 % de los impuestos que habitualmente recaudan. En cambio, los países de ingresos más altos pierden en promedio 382 mil millones de ingresos fiscales cada año: el equivalente al 2,45 % de sus impuestos.
Asimismo, cada año, las empresas multinacionales transfieren 1,38 billones de dólares en ganancias a los paraísos fiscales, lo que resulta en 245 mil millones de dólares en impuestos perdidos.
A lo largo de dos años, un grupo de países han estado discutiendo en la sede de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en París, la creación de un impuesto mínimo global a las empresas trasnacionales. De ser adoptado este impuesto, será posiblemente el avance más importante en la historia para poner fin a los paraísos fiscales.
El acuerdo negociado por la OCDE, al que ya se han sumado 134 países que representan más de 90 % del producto mundial, busca que todas las grandes empresas multinacionales paguen un impuesto efectivo mínimo por sus ganancias. Hasta ahora se habla de una tasa mínima de 15 %. Se cree que esa tasa será efectiva para generar más recaudación sin afectar la inversión y sin eliminar la competencia por capitales.
Esta iniciativa busca la correcta redistribución de algunos derechos impositivos y moverlos de los países de origen de las empresas hacia los países donde efectivamente generan sus ganancias. Se espera que los detalles restantes para darle forma a esta iniciativa se terminen de afinar en este mes y que la implementación efectiva de este impuesto se imponga en el año 2023. (RM)
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